Entró en vigencia el blindaje sanitario y se cierran los límites provinciales por 60 días

El gobernador Juan Manzur promulgó y publicó ayer por la tarde la Ley 9262 por la que se dispone el cierre de las fronteras de la provincia por 60 días. Cómo será aplicada y cuáles serán las excepciones

El gobierno de la provincia promulgó el martes la ley 9.269 sancionada la semana pasada por la Legislatura y que establece el cierre de los límites provinciales por 60 días. Fuerzas de Seguridad y Sanitarias han reforzado los controles en los ingresos.

En diálogo con la prensa, tras la inauguración de las obras de remodelación en el Cine Teatro Marconi, de la ciudad de Monteros, el gobernador Juan Manzur se refirió al complejo momento sanitario que atraviesa al mundo y las acciones que por ese motivo lleva adelante la provincia.

En ese sentido, sobre la ley de Cierre de Fronteras por 60 días, sancionada recientemente por la Legislatura y promulgada hoy por el Poder Ejecutivo, el gobernador explicó: “La Legislatura, presidida por Osvaldo Jaldo, acaba de sacar una ley por unanimidad de todos los bloques, restringiendo el acceso y poniendo el máximo de control en las fronteras. Esto lo hacemos para cuidar. Acá estamos de acuerdo absolutamente todos, esta ley fue votada por unanimidad y eso lo más importante, que ante la adversidad y la enfermedad, hoy toda la dirigencia política, piense como piense, está unida para cuidar a los tucumanos”.

Manzur además remarcó que “la pandemia afecta a todo el mundo” y que “es probable que vayamos a seguir teniendo casos de gente que se traslada, que son personal esencial, y que van a o vienen de lugares donde hay circulación viral. Ahí esta el desafío, en poder diagnosticarlos, tratarlos, hacer el bloqueo de foco, curarlos y cuidar a sus contactos. Estos son los grandes desafíos que tenemos. Vamos a actuar con la máxima responsabilidad y prudencia, controlando todo lo que se puede”.

La norma, en líneas generales, establece:

«Artículo 1°.- En atención a la emergencia sanitaria y epidemiológica declarada en razón de la pandemia provocada por el COVID-19, establécese el cierre de las fronteras de la Provincia y un mayor control sanitario por el término de sesenta (60) días corridos contados a partir de la publicación de la presente Ley, prorrogables por igual plazo», reza el primer artículo de la norma aprobada por la Legislatura el martes pasado y que fue promulgada por el gobernador Juan Manzur. En forma inmediata fue publicada en el Boletín Oficial poco antes de las 16.

De esta manera, entró en vigencia la norma que cierra los pasos fronterizos de Tucumán, la que considera algunas excepciones para su aplicación. Esa tarea estará a cargo de la «Autoridad de Aplicación», que será el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, «quien actuará en forma conjunta con el Ministerio de Seguridad para hacer efectivas las disposiciones establecidas en el artículo precedente», señala el artículo 2º.

Las excepciones quedaron establecidas en el Artículo 3º:

1.- Las personas que estén afectadas al traslado de mercaderías, productos e insumos por operaciones de comercio a través del transporte de carga, cumpliendo las mismas con los protocolos sanitarios del COE (Comité Operativo de Emergencia), no pudiendo permanecer en la Provincia por un tiempo mayor a cuarenta y ocho (48) horas el transporte y el conductor.

2.- Las personas afectadas a vuelos y traslados sanitarios que cumplan las mismas con los protocolos sanitarios del COE (Comité Operativo de Emergencia).

3.- Los productores que deban desplazarse a provincias limítrofes en relación a su actividad y acrediten fehacientemente su condición de tales, debiendo reingresar en un plazo no mayor a cuarenta y ocho (48) horas.

4.- Toda otra excepción que disponga la Autoridad de Aplicación. Estas disposiciones se aplicarán siempre que las personas exceptuadas estuvieren asintomáticas, y den cumplimiento con el protocolo que disponga la Autoridad de Aplicación.