La Cámara Federal de Apelaciones Tucumán se expidió sobre los recursos de apelación interpuestos por las defensas y el Ministerio Público Fiscal en el caso de la financiera de José Luis Sierra. Indicó que la investigación debe profundizarse no sólo respecto de los procesados sino también de los inversores.
El organisno confirmó los procesamientos dispuestos por el juez federal de Catamarca, Miguel Ángel Contreras, respecto de los dueños de Stratton S.R.L Sierra y Jésica Paola Véliz, como coautores del delito de intermediación financiera no autorizada agravada, declaró la competencia material del fuero federal para entender en la investigación por la posible comisión del delito de estafa y asociación ilícita, y ordenó que se profundice la investigación respecto al lavado de activos tal cual lo había solicitado el Ministerio Público Fiscal (MPF).
De este modo, la Cámara resolvió los recursos presentados por las defensas de las personas imputadas y por la Fiscalía Federal N°1 de Catamarca, cuya presentación fue mantenida en la instancia por el titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez.
El caso
La investigación inició en marzo de 2022, cuando personal policial que efectuaba un control sobre la Ruta Nacional 38, a la altura de la localidad de La Viña, en el departamento catamarqueño de Paclín, detuvo un automóvil Chevrolet Cruze en el que viajaba un familiar del imputado junto a otro hombre. Durante la verificación de la documentación, la policía advirtió que, en el asiento trasero, había una caja con varios fajos de billetes de mil pesos. En esa oportunidad se incautaron más de ocho millones de pesos (en rigor, $8.120.000).
Posteriormente, el imputado se presentó en el proceso y solicitó la devolución del dinero incautado, el cual refirió que era de su propiedad. Otros ciudadanos se presentaron en el juzgado y denunciaron haberle entregado dinero -en moneda nacional y extranjera- a la firma “Stratton S.R.L.” a cambio de tasas de rentabilidad muy elevadas.
“El delito de intermediación financiera no autorizada se habría verificado con el mero ofrecimiento por parte de la firma de un servicio para el cual no estaba autorizada a brindar, pero el mismo no puede ser separado del eventual lavado de activos y las eventuales estafas ya que todos podrían haber formado parte de un plan homogéneo, con un solo destino”, indicó la Cámara Federal.