El ex director de la AFIP, Rafael Resnick Brenner, fue detenido ayer y quedó alojado en la División Unidad Operativa Federal (DUOF) de Campana, en Buenos Aires. La aprehensión fue ordenada por el Tribunal Federal en lo Criminal 2 de Salta.
Así lo confirmó el fiscal federal Carlos Amad, tras conocer el destino del ex funcionario nacional, sobre quien se ordenó la detención luego de haberse transitado la totalidad de la etapa de impugnación de la sentencia de condena que recibió en julio de 2023.
El Tribunal ordenó la detención luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejara firme la condena, el pasado jueves 27 de agosto, al rechazar todos los recursos interpuestos por la defensa.
Frente a la determinación del máximo tribunal, Amad había solicitado la inmediata detención de Resnick Brenner, a quien se condenó a 4 años de prisión, inhabilitación absoluta y especial para desempeñarse como funcionario público por 5 años y una multa de 90 mil pesos, al encontrarlo penalmente responsable del delito de concusión.
Brenner ya tenía una condena dictada por el Tribunal Oral Federal Nº 4 porteño de 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública. Esta sentencia quedó firme el 4 de diciembre de 2021, por lo que ya en el último juicio, que se sustanció en agosto de 2023 en Salta, el TOF de Salta unificó la pena en 5 años y 6 meses de prisión, y aclaró que la condena quedaba en suspenso hasta que quedara firme.
En esta causa, Resnick Brenner y Nicolás Fili habían sido acusados de defraudación y concusión por defraudación y concusión por haberle pedido, a modo de dádiva, una suma de 1.500.000 de pesos a Fredy Tejerina, un empresario local, citado por la AFIP Salta en agosto de 2015 para que regularizara su situación tributaria. La condena fue solo por concusión, que implica en este caso “de una exigencia hacia el contribuyente, valiéndose de su condición de funcionario, donde la persona -por temor- cede a la exigencia”.
La defensa de Resnick Brenner indicó que promoverá una “reposición in extremis” ante la CSJN. Sin embargo, el Tribunal sostuvo que “dicha presentación no constituye una vía impugnativa prevista por el ordenamiento procesal ni posee efecto suspensivo”…