Cómo funciona el aparato represivo transnacional del régimen chavista contra los venezolanos en el exilio

Un análisis de la ONG Sin Mordaza documentó el uso de propaganda y represalias contra parientes como medidas para castigar y disuadir la denuncia pública de quienes viven fuera de su país

El exilio no significó el fin de la persecución estatal para cientos de venezolanos que salieron del país, sino una nueva etapa de control, vigilancia y estigmatización más allá de las fronteras nacionales, según el “Informe sobre la Expansión del Aparato Represivo venezolano 2024-2025” de la ONG Sin Mordaza; se analiza la represión transnacional, que el régimen venezolano ejerce contra personas en el exterior que continúan participando en protestas, denuncia pública o acción política.

El estudio examina 326 casos verificados en fuentes abiertas, que deben entenderse como una aproximación mínima, suficiente para demostrar la existencia y sistematicidad del fenómeno, pero no su dimensión real.

Por ello el informe enfatiza que la represión transnacional no es un fenómeno aislado o improvisado: funciona de manera sistemática y organizada, como una prolongación de los patrones represivos ya consolidados dentro del país y adaptados a contextos extraterritoriales.

Los hallazgos de Sin Mordaza muestran que esta forma de persecución adopta múltiples modalidades que suelen actuar de manera combinada. El informe identifica el uso de instrumentos discursivos, administrativos, judiciales, migratorios y digitales, y en algunos casos, mecanismos abiertamente coercitivos.

La modalidad más extendida es la estigmatización y propaganda extraterritorial, que concentra 176 casos (53,99 %) del total documentado. Las narrativas oficiales y sus plataformas comunicacionales buscan desacreditar, intimidar y aislar públicamente a activistas, defensores de derechos humanos, periodistas y figuras políticas que actúan desde el exterior.

A eso se le suma la represión consular y administrativa, documentada en 112 casos (34,36 %); trámites de documentos, registros y servicios consulares se utilizan como herramientas de control y exclusión, afectando derechos básicos de quienes se encuentran en el exterior.

El uso del sistema judicial también cruza fronteras. La investigación revela cómo la represión penal extraterritorial, en 23 casos (7,06 %), ha generado en investigaciones, solicitudes o procedimientos penales contra venezolano que ya no residen en el país, pero siguen siendo objeto de criminalización.

Aunque menos frecuentes, pero de alta gravedad es la presencia física extraterritorial de agentes o funcionarios del régimen, las represalias contra familiares que permanecen en Venezuela, la coerción migratoria en países de acogida y el uso abusivo de mecanismos policiales internacionales.

Uno de los apartados más sensibles del “Informe sobre la expansión del aparato represivo venezolano: vulneraciones a libertades y derechos fundamentales de la disidencia venezolana en la diáspora (2024–2025)”, aborda la represión digital transnacional.

Aunque solo se documentan tres casos, el estudio advierte que no son episodios aislados, sino operaciones complejas que incluyen redes coordinadas de cuentas, campañas de estigmatización, suplantación de identidad y difusión masiva de contenidos.

Sin Mordaza refleja el al potencial de daño acumulativo y el alcance de la represión digital que trasciende fronteras, amplificando sus efectos sobre la vida personal, profesional y política de las personas afectadas.

El principal efecto del silencio es la censura, la autocensura y el temor a represalias, incluidas las consecuencias migratorias, familiares o de seguridad personal. Al no hacerse la denuncia pública se reduce la disponibilidad de información verificable, incluso fuera del territorio venezolano.

 

Queda claro, entonces, que la represión transnacional, vulnera de forma transversal y acumulativa derechos fundamentales que están protegidos por el derecho internacional de los derechos humanos. No solo afecta a las personas directamente señaladas, sino a sus familias y comunidades, generando un efecto inhibidor sobre la protesta, la participación política y la denuncia desde el exterior.

 

<b>Ratti y su participación</b>

La represión penal extraterritorial cobra especial importancia tras la implementación de la Ley Orgánica Simón Bolívar, empleada como base para iniciar procesos de privación de nacionalidad y anulación de documentos de identidad a activistas políticos en el exterior.

 

Frecuentemente, las personas afectadas no recibieron notificación ni tuvieron oportunidad de ejercer su derecho a la defensa, y no se difundió información pública y verificable sobre el curso de los expedientes, lo que refuerza el carácter instrumental y sancionador de estas actuaciones.

 

De los 23 casos documentado una característica destacada es la identificación de los responsables estatales o paraestatales que promovieron formalmente los procedimientos. En 21 de esos expedientes la iniciativa partió de Luis Alejandro Ratti, ex presidente del Frente Hugo Chávez y ex militante del Movimiento al Socialismo, quien presentó un documento ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia solicitando la aplicación de la Ley Orgánica Simón Bolívar.

 

Uno de los casos fue realizado por la Vicepresidencia de la República, a cargo de Delcy Eloína Rodríguez Gómez, solicitando la eliminación de todos los documentos de identidad y la apertura del proceso de privación de la nacionalidad; en otro, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz promovió una medida de naturaleza similar.

 

La mayor parte de los afectados residen en Estados Unidos, con 17 de los 23 casos (73,91 %), seguidos de España, donde se registraron 6 incidencias (26,09 %).

 

Persecución penal

El régimen venezolano apunta la represión penal extraterritorial venezolana principalmente hacia quienes desarrollan actividades políticas, de denuncia o incidencia internacional desde países que el Gobierno considera estratégicos en el escenario diplomático y político.

 

Las actuaciones judiciales, tanto penales como constitucionales, suelen activarse tras denuncias de carácter político, habitualmente acompañadas de una amplia cobertura mediática o declaraciones públicas, con el objetivo de generar consecuencias jurídicas más allá de las fronteras nacionales, incluso en ausencia de información pública sobre el desarrollo real de estos procesos.