La iniciativa se enmarca en el nuevo escenario jurídico derivado del Decreto de Necesidad y Urgencia N 70/23, firmado por el Poder Ejecutivo Nacional, que derogó la Ley N 20.705, la cual regulaba la constitución y el funcionamiento de dichas sociedades. Frente a este contexto, se vuelve necesario dotar a las empresas públicas provinciales de herramientas legales modernas, flexibles y acordes al ordenamiento vigente, garantizando su continuidad operativa, seguridad jurídica, solvencia institucional y capacidad de desarrollo.
Mediante un procedimiento facultativo, la norma permite que las sociedades estatales puedan transformarse en Sociedades Anónimas, con la excepción de la Empresa Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (JEMSE), que deberá conservar en todo momento la titularidad estatal de su capital social. En todos los casos, se mantendrá la mayoría accionaria en manos del Estado provincial, permitiendo la incorporación de capital privado hasta un máximo del 49%. Este límite asegura el control estratégico estatal y habilita nuevas fuentes de financiamiento e inversión para mejorar la gestión, expandir actividades y generar empleo.
Asimismo, se establecen estrictos mecanismos de control sobre el ingreso de capital privado, asegurando su compatibilidad con los fines estratégicos provinciales, la solvencia técnica y financiera de los inversores, y la transparencia en los procesos de participación. También se contempla la posibilidad de una privatización total únicamente cuando existan circunstancias económicas, financieras o estratégicas debidamente acreditadas que justifiquen la desinversión. Esta podrá realizarse conforme a los siguientes requisitos: dictamen previo y favorable de la Fiscalía de Estado; dictamen técnicoeconómico de un órgano independiente u organismo especializado; y comunicación a la Legislatura dentro de los cinco días hábiles siguientes a la emisión del decreto, acompañada de un informe completo sobre los aspectos económicos, patrimoniales, financieros y operativos, incluyendo las sugerencias y observaciones pertinentes.
Además, se establece que la Legislatura podrá, dentro de un plazo de treinta días, expresar su rechazo mediante el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes.
Al respecto, el diputado Adriano Morone explicó: Lo tratamos en tres comisiones: Asuntos Institucionales, Finanzas y Legislación General. No estamos aprobando una ley que tenga que ver con privatizar tal o cual Sociedad del Estado, sino con dar, necesariamente, un marco formal para adecuarlas a la nueva normativa nacional. Del mismo modo, aclaró: Lo que estamos haciendo es darles mayor protección a las Sociedades del Estado.
Del mismo modo, la Cámara aprobó la Ley N 6.469, remitida por el Poder Ejecutivo, que exime a la razón social Industrias Zapla del 100 % del impuesto de sellos en toda operación relacionada con su actividad industrial.
La normativa se fundamenta en los artículos 91 y 92 de la Constitución Provincial, que prevén el apoyo a la iniciativa privada orientada al mejoramiento económico, promoviendo la inversión de capitales en la producción y el impulso de políticas públicas que fomenten la industrialización, la producción y la comercialización dentro de un marco de sostenibilidad, innovación y desarrollo tecnológico con enfoque regional.
Esta exención tendrá vigencia por un plazo de diez años, desde el 1 de marzo de 2025 hasta el 28 de febrero de 2035.
Asimismo, la Cámara ratificó, a través de la Ley N 6.470, el Decreto Acuerdo N 56, remitido por el Poder Ejecutivo, que modifica la vigencia del Plan de Contingencia «Jujuy Asiste y Reactiva».
Creado en 2018 mediante el Decreto N 7.140 y ratificado por la Legislatura a través de la Ley N 6.094, el plan es una iniciativa del Gobierno de Jujuy destinada a brindar asistencia a personas y sectores vulnerables, así como a promover el desarrollo económico mediante inversión y apoyo a emprendimientos y PyMES.
También, la Cámara aprobó la Ley N 6.471, que instituye el 24 de noviembre como el Día de la Ruta de la Paz (Peace Road) en la provincia de Jujuy.
El proyecto busca simbolizar la conexión entre pueblos y naciones del mundo a través de una ruta internacional de paz, entendida de manera metafórica, que los vincule como una sola comunidad global.
De igual forma, la Cámara sancionó la Ley N 6.473, que impone el nombre Pedro Pascual Erazo a la Escuela Primaria N 334 de la localidad de Pueblo Viejo, Cochinoca.
Pedro P. Erazo, nacido en noviembre de 1925, fue un referente social que enseñó el arte del tejido a los niños de la escuela y colaboró en la construcción de viviendas para su comunidad. En 1968, donó el terreno donde se edificó el actual establecimiento, respondiendo al pedido de la comunidad de trasladar la escuela desde las cercanías de Río Colorado (Yavi) al centro del distrito, para facilitar el acceso de niñas y niños.
Rechazo a la disolución del Instituto Nacional Belgraniano
Para finalizar, la Cámara aprobó la Resolución N 13/25, que expresa su preocupación y rechazo por la disolución del Instituto Nacional Belgraniano, dispuesta por el Decreto N 346/25 del Poder Ejecutivo Nacional.
Se enfatiza que esta decisión forma parte de un conjunto de medidas que, bajo el argumento de la eficiencia administrativa, están desmantelando el sistema cultural argentino, lesionando gravemente el patrimonio simbólico del Estado Nacional y desconociendo el nombre del General Belgrano en la construcción de nuestra identidad y nuestra historia.