Cuáles son las diferencias entre feriado y día no laborable

Este 25 y 26 de mayo muchas personas gozarán de días libres, mientras que otras deberán trabajar pese al Día de la Revolución de Mayo.

Este jueves 25 de mayo fue feriado nacional en conmemoración del Día de la Revolución de Mayo, mientras que el viernes 26 es día no laborable. Muchas personas aprovecharán este fin de semana largo para descansar o para viajar.

Sin embargo, para aquellos trabajadores que deban desempeñar sus labores durante estos días, se preguntan cuáles son las diferencias y cómo se pagan. La ley 20744 de Contrato de Trabajo dispone que serán feriados nacionales y días no laborables aquellos establecidos en el régimen legal que los regule.

El feriado nacional es el día en que, por ley, y con motivo de una celebración o festividad de carácter cívico o religioso, no se trabaja a nivel nacional.

En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Por lo tanto el trabajador no está obligado a prestar servicios, y solo podría hacerlo como excepción y obviamente cobrarlos.

 

¿Cómo se paga el feriado?

Según el artículo 165 de la Ley de Contrato de Trabajo, los días que son considerados feriados “los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan en domingo”.

También, sostiene que aquellos que trabajen recibirán una “remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”.

 

Qué significa “día no laborable”

Los días no laborables, como este viernes 26 de mayo, el trabajo es optativo para el empleador, excepto para bancos, seguros y actividades afines.

En dichos días, los trabajadores que presten servicio percibirán el salario simple. Y en caso de optar el empleador como día no laborable, la jornada será igualmente abonada al trabajador.

 

¿Cómo se paga el día no laborable?

Al no ser considerados feriados, los días no laborables pueden ser tomados como libres o no por parte del empleador. En este sentido, la normativa indica que será “optativo para el empleador”, con excepción de “bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación”.

El artículo 167 de la Ley de Contrato de Trabajo remarca que quienes trabajen durante estos días recibirán salarios simples.