La Cámara Civil confirmó la condena a dos gremios por la agresión a un policía en una manifestación

Se trata de Camioneros y la UTA. Manifestantes le provocaron lesiones a un oficial.

La Cámara Civil confirmó la condena a dos gremios que así deberán indemnizar con 867 mil pesos más los intereses a un oficial de la Policía Federal que en una marcha en 2007 a la Legislatura de la ciudad de Buenos Aires sufrió distintas heridas cuando los manifestantes y las fuerzas de seguridad se enfrentaron. El o los agresores del policía nunca no pudieron ser identificados pero la justicia entendió que existe una responsabilidad colectiva de todos los que realizan una actividad peligrosa.

Fuentes judiciales informaron a Infobae que los jueces de la Sala H de la Cámara Civil, Claudio Kiper, José Fajre, Liliana Abreut de Begher, ratificaron la condena por daños y perjuicios que en junio de 2020 recibieron la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y el Sindicato de Choferes de Camiones. El tribunal desvinculó al Sindicato de Conductores de Taxis de la Capital Federal que había sido condenado en primera instancia. Los gremios pueden apelar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Lo que se debatió ocurrió el 12 de noviembre de 2007 cuando en la Legislatura porteña se trató un proyecto de ley para fijar un sistema de puntos para regular las licencias de conducir. Los gremios marcharon para oponerse a la iniciativa y hubo enfrentamiento con la policía. El oficial Christian Ariel Sorge, entonces de 28 años, resultó herido. Denunció que fue agredido con piedras y palos que le provocaron traumatismo de cráneo y en la mandíbula, heridas y distintas lesiones por las que estuvo internado en el Hospital Churruca.

Por los enfrentamientos hubo una causa penal en la que ocho manifestantes acordaron una probation para evitar el juicio oral y el policía Sorge le inició a los gremios una demanda por daños y perjuicios. En junio de 2020, el juez civil de primera instancia José Luis Bournissen le dio la razón y condenó a los tres sindicatos.

El magistrado explicó que la responsabilidad colectiva es “un daño de autoría anónima, que se configura sobre todos los integrantes de un grupo determinado de personas, por el daño causado por alguno de sus miembros, cuando no ha podido individualizarse el autor”. Y agregó que “sólo uno o algunos de los sujetos integrantes del grupo ha producido el daño, pero la posibilidad de que cualquiera de ellos, indistintamente, haya sido el agente, determina la presunción de causalidad en contra de todos, hasta tanto se demuestre lo contrario”.