El Poder Judicial de Jujuy restablece la actividad desde el 1 de septiembre

Se dispuso la obligatoriedad de vacunación contra el Covid-19 para todos los magistrados, funcionarios y empleados, el reintegro de la totalidad del personal del Poder Judicial a cumplir funciones, y medidas de bioseguridad.

Superior Tribunal de Justicia dispuso el restablecimiento de la actividad normal del Poder Judicial como función esencial del Estado de derecho, en el marco de la emergencia ocasionada por la pandemia del Covid-19, a partir del 1 de septiembre de 2021.

Para así resolver, tuvo en cuenta la considerable disminución de los casos de Covid-19 en la Provincia de Jujuy, y lo dispuesto por las normas provinciales en cuanto a la obligatoriedad de la vacunación contra Covid-19.

Así, mediante Acordada Nº 85/2021 estableció, entre otras medidas, la obligatoriedad de vacunación contra el Covid-19 para todos los magistrados, funcionarios y empleados, el reintegro de la totalidad del personal del Poder Judicial a cumplir funciones de manera diaria, y el cumplimiento estricto de medidas de bioseguridad para el funcionamiento del servicio de justicia.

Obligatoriedad de vacunación

Se establece la aplicación al Poder Judicial de la Ley Nº 6229, ratificatoria del Decreto Acuerdo Nº 3768-S-2021; y se dispone la obligatoriedad de la vacunación contra el Covid-19 para todos los magistrados, funcionarios y empleados de este Poder; quienes deberán haber recibido al menos una dosis de cualesquiera de las vacunas, salvo justificación por medio fehaciente e idóneo ante el Departamento Medico.

Reintegro de la totalidad del personal

En el marco de las modalidades de prestación de servicios con concurrencia al lugar de trabajo, el Superior Tribunal de Justicia dispuso, a partir del 1 de septiembre de 2021, que la totalidad del personal del Poder Judicial se reintegrara a cumplir funciones de manera normal y habitual en las distintas dependencias de la institución.

Solamente se encuentran exceptuados de concurrir a sus lugares de trabajo los magistrados, funcionarios y empleados considerados personal de riesgo: personas con inmunodeficiencias, pacientes oncológicos y transplantados.

En cuanto al horario de asistencia matutino y atención a profesionales y público en general será de 7.30 a 13.00, y el horario vespertino de 15.30 a 21.00