Proyecto de ley en el marco de la emergencia sanitaria Moisés insiste en limitar la responsabilidad penal de médicos mientras dure la pandemia

La diputada nacional Carolina Moisés (FdT Jujuy) consideró hoy que “es urgente aprobar” el proyecto de ley de su autoría mediante el cual se propone limitar la responsabilidad penal a médicos e integrantes del equipo de salud por acciones realizadas durante la atención de pacientes afectados por el coronavirus COVID-19.

“Hay una costumbre argentina de ser declarativo en nuestros valores, y así salimos a aplaudir a los médicos, los felicitamos, les ponemos tweets y los periodistas los alaban, pero la realidad es que hoy los médicos están poniendo el cuerpo y el alma, ponen en riesgo su propia vida y la de sus familias y nosotros como sociedad no podemos cargarles la responsabilidad penal individual que está establecida en el Código Penal”, dijo la legisladora jujeña Carolina Moises, en diálogo con Crónica TV.

El proyecto establece que no serán punibles los procedimientos médico-asistenciales realizados en el marco de la pandemia de COVID-19 y de la emergencia sanitaria declarada por el decreto 260/2020, que sean objeto de denuncias, acusaciones y/o imputaciones penales, y no configurarán “en ningún caso los delitos tipificados en los artículos 106°, 202° y 203° del Código Penal”, tanto en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, mientras dure la emergencia sanitaria dictada por la pandemia.

“El proyecto busca proteger a los médicos y al equipo de salud de forma concreta. Hoy la legislación penal establece las distintas penas por los casos de negligencia o de mala praxis, y nosotros entendemos que en esta situación tan extraordinaria que estamos viviendo, con una escena en la cual la propia enfermedad es compleja y en la que puede llegar a haber limitantes en los equipamientos y demás, buscamos que los médicos no sean objeto de denuncias, imputaciones o acusaciones”, señaló la diputada jujeña.

“Hoy en Jujuy hay más de siete médicos enfermos y también muchísimo personal de enfermería, lo que en las grandes ciudades se multiplica. Los médicos extreman los recaudos necesarios para cuidarse y cuidar a los demás, pero muchas veces en esta pandemia de tan alta transmisibilidad comunitaria, no alcanza con extremar los cuidados y no es suficiente el equipamiento que hay disponible para atender a los pacientes”, describió la legisladora oficialista.

La norma presume que las acciones realizadas por los profesionales y el personal de la salud quedan comprendidas en los supuestos del artículo 34°, inciso 3° y 4° del Código Penal, por los que no son punibles “el que causare un mal por evitar otro mayor inminente a que ha sido extraño” y “el que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”, salvo que se acredite el dolo del sujeto y/o su intención deliberada de propagar la pandemia del coronavirus Covid-19, o de abandonar a una persona.