Tras meses de prisión domiciliaria, el ex juez Reynoso vuelve a la cárcel

El beneficio que se le había otorgado por ser una persona de riesgo y padecer diabetes en el inicio de la cuarentena, se revocó durante la tarde de ayer.

El Tribunal Oral Federal 1 revocó durante la tarde de hoy el beneficio de la prisión domiciliaria otorgada al ex juez Raúl Reynoso en el inicio de la cuarentena por ser una persona mayor de 60 años y con diabetes, considerada de riesgo para el COVID -19.

Según pudo conocer InformateSalta, la decisión fue tomada a las 14:30, por los jueces Carlos Jiménez Montillas, Gabriel Casas y Federico Díaz, quienes lo juzgaron y dictaron la resolución para el condenado a 13 años de prisión por delitos de concusión y prevaricato.

La medida es en respuesta a un pedido realizado por el Fiscal de Transición, Carlos Amad, quien llevó adelante la acusación en el juicio a Reynoso. Solicitó que, transcurridas las medidas sanitarias dispuestas en el marco de la pandemia, se disponga nuevamente la remisión a la unidad carcelaria del condenado, atento al peligro de fuga y la magnitud de la pena impuesta.

Ex obispo Zanchetta

Rechazaron el pedido de nulidad de requerimiento a juicio. La medida la tomó el Tribunal de Juicio de Orán, no dando lugar al planteo presentado por la defensa del ex obispo de esa ciudad, quien está acusado de abuso sexual.

Tras meses sin noticias al respecto, hay novedades en el caso del ex obispo de Orán, Gustavo Zanchetta, acusado de abuso sexual, y es que rechazaron el pedido de nulidad de requerimiento de juicio.

Según la información que comparte el Poder Judicial de Salta, los jueces de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán no hicieron lugar al planteo de nulidad de la resolución de remisión a juicio dictada por el juzgado de Garantías 2, pedido que había realizado el defensor penal 2 de ese distrito, Enzo Gianotti, en representación de Zanchetta.

Al respecto de esta decisión, se aclara que los jueces María Zamora, Raúl López, y Héctor Fayos advirtieron en su resolución que “con la nulidad pretendida se quiere lograr hacer caer actos posteriores afectados como consecuencia de la irregularidad que menciona, y que no es tal ya que el acto consiguió cumplir con la finalidad a la que estaba destinado”.

También recalcaron que con esa maniobra la defensa de Zanchetta “pretende invocar afectación de normas y garantías constitucionales, solicitando la declaración de nulidad de actos que fueron consentidos por la misma, y sin planteos formales oportunos ante el Juzgado de Garantías y/o el Tribunal de Juicio para la suspensión de plazos procesales que estuvieran corriendo en contra de su defendido hasta la efectiva compulsa de las actuaciones”.

Cabe recordar que fue en noviembre cuando la jueza Zamora encabezó la audiencia prevista por Acordada 12226, con el ex obispo acusado de abuso sexual y quien había sido declarado en rebeldía por evadir llamados de la justicia.