Frente Cambia Jujuy Diputados solicitaron tratar proyecto de ley de importación y venta minorista de coca

La iniciativa fue presentada por el diputado Jorge Rizzotti, y fue acompañado por sus pares Gabriela Burgos y Osmar Monaldi.

 

La solicitud fue elevada al presidente de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la Cámara de Diputados de la Nación, y argumenta el pedido del pronto tratamiento del proyecto de ley presentado por Jorge Rizzotti en la verificación, durante el actual período de aislamiento social, preventivo y obligatorio y de cierre de fronteras, de la peligrosidad sanitaria que conlleva el contrabando de hoja de coca para consumo personal.

Jorge Rizzotti, Gabriela Burgos y Osmar Monaldi solicitaron al presidente de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, su par Pablo Yedlin, que arbitre lo necesario para el pronto tratamiento en ese espacio del proyecto de Ley de Importación y venta minorista de la hoja de coca en estado natural, ingresado por Rizzotti a Diputados semanas atrás.

Para el autor de la iniciativa, “la actual coyuntura que atravesamos por la pandemia evidenció el carácter urgente del proyecto, ya que su tratamiento y posterior sanción permitirían que el ingreso de la hoja de coca en estado natural, que en Argentina se usa para coqueo o infusión, se realice con las medidas de control sanitario necesarias, garantizando las condiciones que requiere el sistema de salud pública de Jujuy y de la provincia”.

El proyecto de Ley de autoría de Rizzotti establece el reconocimiento de la hoja de coca como patrimonio cultural de los pueblos originarios y también a la práctica del coqueo como el derecho que tiene toda persona a reafirmar una identidad cultural, con independencia de su nacionalidad o cualquier otra característica personal. Expresa que la importación, distribución, venta minorista, tenencia y consumo de hojas de coca en estado natural destinadas a la práctica del coqueo o masticación o a su empleo como infusión están autorizadas, y establece que será el Poder Ejecutivo Nacional el que regulará, autorizará, acreditará y fiscalizará la importación, transporte, y comercialización, especificando las facultades que tiene para ello. Modifica el artículo 15 de la Ley 23.737, por el que expresa que la tenencia, el consumo, la importación, la distribución y la comercialización minorista de hojas de coca para el coqueo o su empleo como infusión, no serán actos considerados como tenencia, consumo, importación, distribución o comercialización de estupefacientes. Prevé un Registro Especial creado para importadores que se enmarquen en la reglamentación. Y establece que la hoja de coca no será considerada como estupefaciente en las listas que se elaboren y actualicen periódicamente por decreto del Poder Ejecutivo Nacional.

Entre los fundamentos del proyecto ingresado oportunamente, está el de que “el tratamiento y avances legislativos sobre la importación y venta minorista de la hoja de coca en estado natural es una tarea pendiente de los representantes del pueblo argentino por el reconocimiento de prácticas alimentarias, económicas, simbólicas e identitarias que son legado de los pueblos preexistentes a la Nación Argentina” y que “hoy, esas prácticas (…) también lo son de millones de argentinos y argentinas”. “La hoja es el alimento que acompaña cada día del año la jornada laboral, la movilidad y los ritos sociales que reafirman identidades culturales: está presente en la cotidianidad de trabajadores y trabajadoras rurales y urbanos, de obra y profesionales, de oficinas públicas y privadas, del transporte, de la nocturnidad, en la siembra, en el pastoreo, en la zafra, en la mina, en las cosechas, en las reuniones de las comunidades y en los eventos sociales masivos de las grandes ciudades”, argumenta la iniciativa.

Tras su ingreso a la Cámara de Diputados, el proyecto fue girado a las Comisiones de Acción Social y Salud Pública y de Población y Desarrollo Humano.