El COE La Quiaca autoriza ampliación de horario de apertura de algunos rubros comerciales

El horario permitido será de lunes a sábado en el rango horario de 08:00 hs. a 18:00 hs. y los días domingo y feriados de 08:00 hs. a 14:00 hs. para los comercios autorizados.

En sintonía con la Resolución del Comité Operativo de Emergencia provincial y del Gobierno Nacional, el COE de La Quiaca dispone la ampliación horaria para la atención al público de los siguientes rubros:

– CONSTRUCCION PRIVADA Y AFINES: Cerrajerías, Pinturerías, Artículos de Iluminación y Electricidad, Fletes y Mudanzas.

– OPTICAS Y ACTIVIDADES OFTALMOLOGICAS: Laboratorios ópticos, venta de anteojos y lentes de contacto.
– LIBROS Y ARTICULOS DE LIBRERÍA: Venta de libros, diarios y revistas.
– OFICIOS y OTROS: Gasistas, pintores, plomeros, jardineros, carpinteros, electricistas y empleadas de casas particulares.

El horario permitido será de lunes a sábado en el rango horario de 08:00 hs. a 18:00 hs. y los días domingo y feriados de 08:00 hs. a 14:00 hs. para los comercios autorizados en los rubros mencionados en La Quiaca.
Al mismo tiempo se establece el horario de 08:00 a 09:00 hs., para la atención prioritaria de las personas con factor de riesgo a saber: mayores de 60 años; embarazadas; inmunodeprimidos; con patologías respiratorias crónicas; con diabetes tipo 1 (insulino dependiente); con insuficiencia renal; con enfermedades cardíacas: insuficiencia cardiaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.

El decreto provincial, al cual adhiere el COE de La Quiaca, estipula la reducción del 50% de su capacidad habilitada en los locales comerciales con la obligación de proveer alcohol en gel, agua, jabón o soluciones alcohólicas, para sus empleados y clientes en sus instalaciones y en especial en los puntos de cobro; mantener una adecuada distancia entre las personas; como así también toda otra medida de salubridad que el establecimiento considere pertinente.

En ese sentido se solicita a comerciantes, trabajadores y público en general que deberán consultar en detalle las indicaciones del Protocolo de Bioseguridad para los Comercios y Rubros Autorizados en el Anexo II (archivo adjunto) del Boletín Nº 45 con fecha 15 de abril de 2020 emitido por el Gobierno Provincial.