El titular de la cartera de Hacienda y Finanzas precisó que con respecto a la moratoria que está en vigencia con vencimiento el próximo 31 de marzo, se prorrogará la misma hasta el 31 de mayo.
En referencia al impuesto inmobiliario que tenía como vencimiento el pago anticipado con descuento del 20% hasta el 31 de mayo, ese plazo se modificó hasta el 30 de abril. Y en el caso que no se optara por el pago anticipado se podrán pagar las respectivas cuotas hasta el 30 de abril, sin ningún tipo de interés.
En el caso del impuesto de sellos, los plazos quedan suspendidos, y para todos aquellos instrumentos que se vencieron a partir del 16 de marzo, se va a ampliar el plazo para que se puedan presentar hasta el 30 de abril sin el pago de recargo ni intereses.
Sadir, además, indicó que, en el caso de ingresos brutos, el mismo se prorrogará su plazo hasta el 30 de abril del corriente año sin ningún tipo de interés.
Asimismo, explicó que en el caso de los pequeños monotributistas la idea es eximirlos del pago correspondiente al mes de abril.