Una pareja consiguió que autoricen que una sobrina geste su embrión

La Justicia de Salta falló a favor de una pareja que pedía que una sobrina geste un embrión para que ellos puedan ser padres.

La jueza Alejandra Diez Barrantes autorizó que se realice esta práctica médica y que el bebé se inscriba como hijo del hombre y la mujer que iniciaron el reclamo.

Habían presentado la demanda un salteño y una salteña que, tras un episodio de peritonitis, debió someterse a una histerectomía, intervención quirúrgica que implica la extirpación total del útero. Sin embargo, la ovulación no se vio afectada, por lo que la pareja podía tener un hijo con material genético propio.

El hombre y la mujer ya tienen el embrión y recurrieron a la Justicia para que les autorizaran una gestación por sustitución, práctica que no está regulada en el país. Requirieron permiso para que sea la sobrina de uno de los dos cónyuges la que lleve adelante el embarazo.

La jueza de Personas y Familia de Quinta Nominación, Alejandra Diez Barrantes, autorizó que se realice el procedimiento médico.

Soledad Villoldo, abogada de la pareja, explicó que el fallo además estableció que cuando nazca el niño o niña, el Registro Civil debe inscribirlo como hijo del hombre y la mujer que aportaron el óvulo y el embrión y no de la mujer que llevará al bebé en su vientre.

La abogada consiguió que la Justicia declarara inconstitucional el artículo del Código Civil y Comercial, que determina que los niños son hijos de la mujer que da a luz.

El fallo permite que en este caso sean considerados padres quienes tuvieron la voluntad de que el niño nazca y, para eso, apelaron a la Justicia y no de la mujer que gestará el embrión.

Además, Alejandra Diez de Barrantes especificó en su fallo que los padres deberán informar a su hijo o hija «sobre su origen gestacional en cuanto adquiera la edad y el grado de madurez suficiente».

A partir de este fallo se podrá iniciar el procedimiento médico en Saresa (Centro de Reproducción Humana Asistida).